Residencia por NACARA

Abogados para Residencia a traves de la Ley NACARA

Abogados para Residencia a traves de la Ley NACARA

La ley NACARA es una ley federal, la cual fue aprobada por el congreso de los Estados Unidos en el año 1997. Esta ley favorece a ciertos inmigrantes de Cuba, Nicaragua, El Salvador, Guatemala y países de la antigua unión soviética, bajo esta ley los inmigrantes de estas nacionalidades pueden obtener ciertos beneficios migratorios y evitar la deportación.

Esta ley establece que los ciudadanos de estas nacionalidades pueden alcanzar u obtener la residencia permanente bajo la condición de que después de su solicitud de asilo hayan permanecido en el país por lo mínimo 5 años desde el 1 de diciembre de 1995.

En esta ley hay tener en cuenta dos puntos que son importantes, el primero es que para las personas que son de Nicaragua y Cuba no pueden aplicar para este beneficio migratorio y el cual ya no los cubre desde marzo del año 2000 de acuerdo con la sección 202 de NACARA, pero para las personas del Salvador y Guatemala no hay límite según la sección 203 de la ley NACARA. El segundo tiene que ver con aquellos ciudadanos americanos que tienen origen cubano o nicaragüense pueden solicitar la residencia permanente para familiares cercanos como conyugue e hijos menores de 21 años.

¿Quiénes Califican para NACARA?

En el caso de los guatemaltecos, beneficias aquellos solicitantes de asilo que:

  • Hayan entrado por primera vez al país en o antes del 1 de octubre de 1990 y que además hayan solicitado recibir el beneficio ABC antes del 31 de diciembre de 1991 por medio de un formulario de inscripción que se presenta ante el antiguo INS que hoy en día se conoce como USCIS.

Así mismo aquellos que solicitaron asilo aplicando con el formulario I-589 entre las fechas del 19 de diciembre de 1990 y el 31 de diciembre de 19991 y no fueron detenidos al momento de entrar a los Estados Unidos después del 19 de diciembre de 1990.

  • Aquellos guatemaltecos que presentaron su solicitud de asilo antes del 1 de abril de 1990.

En el caso de los salvadoreños, se benefician aquellos que

  • Entraron por primeras a los Estados Unidos antes del 19 de septiembre de 1990 y solicitaron un TPS que hace referencia a un estatus de protección temporal o la solitud ABC ante el antiguo INS antes del 31 de diciembre de 1991.
  • Así mismo las personas que no fueron detenidos al momento de ingresar a Estados Unidos antes del 19 de diciembre del año 1990 y las personas realizaron la solicitud asilo a través del formulario I-589 entre las fechas del 19 de diciembre de 1990 y el 31 de diciembre de 19991.

NACARA para países de la unión soviética:

Aplican para aquellos extrajeron de países de la unión soviética que entraron a los Estados Unidos antes del 31 de diciembre de 1990 y a su vez solicitaron asilo antes del 31 de diciembre de 1991. Los países de la unión soviética que se pueden refugiar en este beneficio migratorio son:

  • Rusia
  • Polonia
  • Albania
  • Checoslovaquia
  • Alemania oriental
  • Estonia
  • Letonia
  • Lituania
  • Hungría
  • Bulgaria
  • Rumania
  • Yugoslavia o cualquiera de sus antiguos estados
  • La unión soviética o cualquiera de sus republicas

NACARA para conyugue, hijo o hija soltero

Los conyugues, hijos o hijas de familiares que sean de las mencionadas nacionalidades anteriormente podrán ser parte del programa de NACARA en caso de cumplan con los requisitos de la sección 203 de la ley de NACARA, estos beneficios también los pueden recibir aquellos hijos mayores de 21 años que hayan ingresado al país antes del 1 de octubre de 1990.

Requisitos para Aplicar a la Ley NACARA

Para poder aplicar a NACARA se recomienda que la persona cuente con abogado experimentado en estos procesos y asísabrá la persona cual es la mejor manera de aplicar al beneficio de la ley NACARA y sin temor de equivocarse en el proceso.

En la actualidad aún existen inmigrantes centroamericanos que tienen permiso de protección temporal que podrían ser beneficiarios de NACARA y por no tener ayuda legal no lo saben. Para puede solicitar NACARA S se debe contar con unos requisitos que son:

  • Llenar completo el formulario I-881y entregarlo firmado junto con los documentos que se requieran anexar. Todos originales con copia.
  • Tener evidencia de haber vivido en los Estados Unidos por más de 7 años continuaos sin haber salido del país por más de 90 días en cada salida.
  • Asistir a la cita biométrica
  • Asistir a la entrevista con USCIS.

Documentos que Deben ir Junto con la Declaración

  1. 4 fotos actuales tipo pasaporte
  2. Cheque postal por $215
  3. El pago de la tarifa por cada miembro de la familia que no será mayor de $430.
  4. Cheque postal de $25 por cada miembro de la familia para tener derecho a la toma de huellas dactilares.
  5. Tener el certificado de nacimiento de la persona titular, el conyugue y los hijos.
  6. En caso de aplicar tener la prueba de convivencia del conyugue con los hijos.
  7. Certificado de matrimonio si la persona es casada.
  8. Copia del seguro social.
  9. Certificado o prueba de trabajo obtenida en 1990 y 1992 con la copia del último permiso de trabajo.
  10. Contar con dos cartas de recomendación personal por personas ciudadanos americanos o residentes permanentes que den testimonio que la persona tiene buena conducta moral.
  11. Dara conocer el lugar y la fecha de entrada a los Estados Unidos.
  12. Tener los antecedentes policiales de todos los Estados donde vivió por más de seis meses.
  13. Contar con todas las direcciones donde ha vivido desde que ingreso a los Estados Unidos.
  14. Contar con la lista de cada trabajo con detalles de nombre de empresa, tiempo trabajado en cada empresa desde el momento en que llego a Estados Unidos.
  15. En caso de que la persona solicitante desea pedir un permiso de trabajo debe llenar y presentar el formulario I-765 y pagar $100 con dos fotografías más.

¿Qué ocurre cuando ya se ha cumplido con todo el proceso?

Después de que la persona ha cumplido con todo el proceso y realizado la solicitud para el beneficio de NACARA la oficina de USCIS le envía por correo electrónico una notificación de la cita en el centro de asistencia de solitudes para la cita biométrica donde se le toma las huellas dactilares, después de esa cita lo dirigen al burón federal de investigaciones FBI para realizar una verificación de los antecedentes. Después de esto la persona solicitante le enviaran por correo una notificación para que se presente a una entrevista con el oficial de asilo.


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